Mi DNI caduca en el exterior

Países extranjeros

Hace un mes leí una noticia en el 20 minutos que me llamó la atención. Y no lo hizo por el tema en sí, que es algo que está muy bien, sino por lo que decían en ella. Mezclaban cosas que eran ciertas con otras que no lo eran. En la noticia había un cierto aire de asustar a la gente que entraba a leerla, basado en la desinformación. Lamentablemente, esto es algo que pasa mucho. Un señor o una señora se pone a escribir una noticia sobre algo, desconoce el tema sobre el que está escribiendo, dice barbaridades varias, y luego la gente que sí entiende concluye que «todos los periodistas son unos mentirosos«. Y no es así, pero sí es cierto que a menudo existe mucha falta de rigor en lo que se publica. Y no son páginas ni diarios que se lean en una pequeña población de forma local.

El problema viene cuando en las opciones de la página, además de la de «Comentarios» existe la de «Correcciones«, uno se decide a escribir corrigiendo lo que han escrito erróneamente y un mes después comprueba que se ha hecho caso omiso a sus palabras. Ni hay respuesta, ni hay corrección en el escrito. ¿De qué sirve esa comunicación? De nada. Que quiten esa opción, para lo único que vale es para que el incauto que haga uso de ella pierda su valioso tiempo. Yo la usé el mismo día que la publicaron, y ahí sigue el texto, sin modificar ni una coma.

Y ahora la gran duda: «¿Qué ocurre si estoy en el extranjero y el DNI me caduca?». Si has leído la noticia, poco menos que tirarte de los pelos por el lío en el que te has metido:

«Si no se ha previsto la fecha en que expira el DNI y este caduca mientras se está en el extranjero, hay que volver lo antes posible a España para renovarlo, ya que no se puede estar indocumentado y las gestiones no se realizan fuera de nuestro país. Como el carné es ya inválido legalmente al caducar, hay que regresar a España con el pasaporte en vigor.«

¿Voy con un DNI inválido legalmente? ¡Horror! ¿Me pueden multar? ¿Iré a la cárcel? Pues no, nada de nada. Ni tan siquiera te señalarán por la calle. Por lo general, cuando viajamos hemos de ser precavidos. Suponiendo que viajamos a un país de la Unión Europea (o algún otro concreto de Europa, aquí se puede ver el listado completo y actualizado), con llevar el DNI es suficiente, no hace falta ir provistos de pasaporte. Sin embargo, hay que tener en cuenta la fecha de caducidad, ya que aunque caduque el día siguiente del viaje de vuelta lo más normal es que uno no pueda volver a casa con él (salvo error por parte de las autoridades del otro país). Habría que encontrar la embajada o el consulado español más cercano y obtener un salvoconducto, que es el único documento que nos permitiría volver con el DNI caducado. Si uno es precavido y lleva el pasaporte (por si acaso), podrá volver con él (vigente, por favor) sin problemas.

Corrigiendo la noticia, es cierto que no se puede estar por ahí indocumentado, pero si se tiene el pasaporte en vigor NO se está indocumentado. De hecho, el pasaporte es el único documento que nos identifica a nivel internacional. Con lo cual, no hay que volverse locos y perder la mitad de las vacaciones, ni gastarse los ahorros en un vuelo de urgencia para volver a por un DNI en vigor. Si la persona vive fuera de España, ¿qué ocurre? ¿No puede trabajar porque tiene el DNI caducado? ¿Y si vive continuamente en el extranjero? ¿Para qué quiere el DNI allí? ¿Y si lo hace en un país de fuera de los comentados anteriormente? ¿Qué utilidad tiene tener el DNI en vigor? Ninguna. Fuera de nuestras fronteras, lo que hay que tener siempre vigente es el pasaporte, independientemente del país que sea.

Por eso mi recomendación es que cada vez que salgáis de España llevéis vuestro pasaporte vigente, y a ser posible que la fecha de regreso a España sea como mínimo un año antes de que caduque. Nunca se sabe lo que puede ocurrir.


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